En el día de ayer, se votaba en referéndum en Irlanda, la supresión o no de su Cámara Alta. Muchas eran las voces que invitaban desde España a seguir el ejemplo.
A falta de datos oficiales, y con una escasa participación en torno al 40%, todo hace indicar que en la jornada de ayer, los irlandeses suprimieron definitivamente su Senado. Tanto el Fine Gael, el partido del primer ministro Enda Kenny, como el Partido Laborista, su socio de coalición, han promovido la supresión de la institución, dentro de los ajustes llevados a cabo desde el rescate, y es el Senado le costaba al país más de 20 millones de euros al año.
¿Deberíamos hacer lo mismo en España? En los tiempos que corren, lo fácil, sencillo, y más populista, sería optar por la supresión del Senado en España, aludiendo a su alto coste, más de 25 millones de euros solo en personal (unos 50 millones en total), además de su falta de utilidad actual, con un Congreso que hace a la vez de cámara territorial, al ser escogidos sus miembros en circunscripciones provinciales, así como a su función legislativa de filtro o denegación, que actualmente en la práctica poco aporta.
Lo realmente interesante, sería transformarlo en una verdadera cámara territorial, que es la esencia original que le otorga nuestra Constitución al Senado en su artículo 69.1 (a diferencia de lo que ocurre por ejemplo en Japón, donde es una cámara de revisión, o en Inglaterra, que es aristocrática). Puesto que nuestro país en la práctica, posee una descentralización que es a todos los efectos de índole federal, la reforma del Senado, debe pasar, por convertirlo en una cámara donde se asegure la presencia de las Comunidades Autónomas.
El ejemplo del Bundesrat alemán
El Bundesrat, se diferencia de otras cámaras territoriales de nuestro entorno por su contenido completamente federal, por lo que no puede considerarse como una segunda cámara.
Sus miembros no son elegidos ni por las asambleas de los Länder, ni por el electorado, sino que son designados directamente por los gobiernos de los diferentes Land. Con esta designación, se consigue que no sea el mismo cuerpo electoral que el del Bundestag quien los escoja (como ocurre en España, por ejemplo). Además, con esta forma de seleccionar, se aleja el debate partidista, para centrarlo exclusivamente en los problemas vinculados a los diferentes Länder y sus territorios.
Los miembros del Bundesrat, representan el punto de vista de los gobiernos que los han designado, existiendo así un mandato imperativo de los mismos. Actualmente tiene una composición de 69 miembros, que responde a dos principios, el primero de ellos, la representación proporcional a la población, y el segundo, propio del federalismo americano, la representación igual para todos los territorios.
«Cada Land tiene por lo menos tres votos. Los Länder con más de dos millones de habitantes tienen cuatro, los Länder con más de seis millones de habitantes, cinco, y los Länder con más de siete millones de habitantes, seis votos»
Entre sus funciones destacan:
- Derecho a iniciativa legislativa.
- Capacidad de veto en las Leyes de Consentimiento. Estas leyes necesitan de asentimiento por mayoría absoluta en el Bundesrat, al tratar sobre temas que afectan directamente a los Länder.
- Derecho a examinar todos los proyectos de ley que elabore el Gobierno, gozando de un plazo de seis semanas para examinarlos.
- Labores de control al Gobierno Federal.
- Forma a partes iguales con el Bundestag la llamada Asamblea Federal, encargada de nombrar al Presidente Federal
La propuesta de Reforma13
Una de las pocas propuestas concretas realizadas recientemente en España acerca de la tan ansiada reforma del Senado, ha sido la propuesta presentada dentro del proyecto Reforma13.
Se basa en otorgar a cada Comunidad Autónoma un número de cuatro senadores, por lo que todas estarían en igualdad de condiciones, como en el Consejo de Estados suizo. Las candidaturas que obtengan más votos tendrán derecho a dos senadores. La segunda y la tercera lista más votada obtendrán un senador cada una. Además, el Senado tendría las mismas competencias y los mismos deberes que el Congreso de los Diputados.
De esta forma, el cuerpo electoral sería distinto al del Congreso (que seguirían siendo las provincias), mientras que todas las Comunidades Autónomas contarían con la misma representación, obviándose, para bien o para mal, el principio de proporcionalidad.
Se debe destacar, el abanico de posibilidades existentes para afrontar una cuestión de la que ya nadie tiene dudas, como es la reforma del Senado, ahora bien, no será fácil llegar a un consenso que satisfaga a todos. Lo que debe quedar claro, es la necesidad y el interés de tener dos cámaras, de diferente naturaleza, que se controlen mutuamente. En un país descentralizado como el nuestro, tiene que ser inevitable poseer una cámara de carácter territorial, por lo que quien pretenda suprimir instituciones, deberá mirar para otro lado, como por ejemplo a las Diputaciones, aunque eso ya es otra historia.